dijous, 26 de juliol del 2007

APAGADA: ELECTRIQUES CULPABLES

IU-ICV presenta una proposición para que el gobierno investigue y mande sus conclusiones al congreso sobre si las eléctricas cumplen con la calidad del suministro frente a los apagones

La iniciativa parlamentaria recoge la plasmación de un sistema automático de indemnizaciones a los afectados, obligaciones para mejorar el control de las instalaciones y penalizaciones a las compañías cuando no cumplan

Madrid, 25 de julio 2007

El Grupo Parlamentario de IU-ICV presentará a debate en cuanto se reanude el periodo de sesiones del Congreso una proposición no de ley por la que, entre otras medidas, pretende instar al Gobierno a que abra “una investigación sobre el grado de cumplimiento de las obligaciones de calidad del suministro por parte de las compañías eléctricas, y presentar el informe resultante al Congreso de los Diputados”.

La proposición, que lleva la firma de Gaspar Llamazares y Joan Herrera, reclama también que se establezca “un sistema automático de indemnizaciones a los afectados por los apagones, que han de ser resarcidos de forma adecuada y automática mediante la reducción de oficio en el importe de su factura mensual, de un 20% en caso de interrupción del suministro de más de una hora y un 2% suplementario por cada hora añadida”.

Esta iniciativa parlamentaria, activada tras el grave apagón en Barcelona, se toma partiendo de la consideración de que “los apagones e interrupciones de suministro no son una fatalidad. Son evitables si los poderes públicos asumen plenamente sus responsabilidades y velan por que las compañías eléctricas cumplan las suyas”.

Llamazares y Herrera recuerdan que “pese a los esfuerzos realizados en los Planes de Red y los Planes Estratégicos (como el Plan Alborada en Andalucía hasta 2008), las carencias del sistema eléctrico siguen perjudicando a millones de ciudadanos, mientras las tarifas han seguido subiendo por encima del IPC, con los mayores aumentos en los últimos 15 años, y cuando los beneficios netos del negocio de distribución de las compañías crecen anualmente en dos dígitos porcentuales y se cifran en varios miles de millones de euros”.

Los diputados proponentes de esta iniciativa valoran que “el daño generado por los apagones es cuantioso, en perjuicio tanto de los consumidores individuales como de las empresas dañando, además, la imagen de nuestro país, que en estos casos presenta una imagen tercermundista”.

IU-ICV, a la vista de las últimas experiencias, “pone en cuarentena” algunos datos facilitados por la Comisión Nacional de la Energía, sobre todo aquellos que intentan demostrar que los índices de calidad aumentan cada año y que, en concreto, los Tiempos de Interrupción Equivalente de la Potencia Instalada (TIEPI) no cesan de bajar. “Pero lo cierto –aseguran- es que siguen existiendo extensas zonas –por ejemplo en Cataluña, Levante, Centro y Andalucía- con infraestructuras deficientes, con instalaciones antiguas o que no pueden seguir el ritmo de desarrollo urbanístico”.

En resumen, el Estado establece las reglas básicas del sistema (tarifas, organización y funcionamiento del mercado de producción, gestión económica y técnica, derechos y deberes de los agentes), fija umbrales de calidad, inspecciona y sanciona. Las Comunidades Autónomas establecen la tutela y ejecución de la normativa básica, así como su desarrollo normativo y reglamentario, y ejercen también competencias de inspección y sanción. Las empresas, por su parte, tienen derechos de operación, distribución y venta de energía, pero también obligaciones de inversión y mantenimiento, prestando un servicio de forma regular y continua, con los niveles determinados reglamentariamente.

A continuación se adjunta el texto íntegro de la proposición no de ley de IU-ICV:

PROPOSICIÓN NO DE LEY

“El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para:

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como lo establecido en los distintos Estatutos de Autonomía en el ejercicio de las competencias que legalmente tienen atribuidas la Administración general del Estado y las Comunidades Autónomas

1. Reunir periódicamente a las compañías eléctricas para que expliquen las causas de los apagones registrados y garanticen la calidad del suministro.

2. Abrir una investigación sobre el grado de cumplimiento de las obligaciones de calidad del suministro por parte de las compañías eléctricas, y presentar el informe resultante al Congreso de los Diputados.

3. Cerciorarse del cumplimiento de los plazos obligatorios de inspección de las subestaciones y transformadores y el control del estado de resistencias, inductores, condensadores, relés y cableado que, sometido a sobrecarga, pueden quemarse. En particular, se verificará el cableado en vísperas del verano, cuando el calor provoca incendios o un funcionamiento deficiente de las instalaciones.

4. Controlar el cumplimiento del calendario establecido por ley para la eliminación progresiva de los aceites de refrigeración que contengan compuestos tóxicos antes de 2011, utilizados en todos los transformadores de más de 25 años de antigüedad, así como el establecimiento de normas para el traslado inmediato de este tipo de transformadores cuando estén situados al lado o debajo de edificios de viviendas o cerca de depósitos de gas u otros combustibles.

5. En colaboración con las Comunidades Autónomas:

a) Hacer cumplir las obligaciones de las compañías eléctricas tanto en los planes de inversión comprometidos con el Gobierno y las CCAA como en la modernización y ampliación de las infraestructuras, redes y mallas de distribución; subestaciones y transformadores eléctricos y el conjunto del material eléctrico, garantizado a la vez su mantenimiento.

b) Actuar con diligencia y con la mayor contundencia contra las compañías eléctricas cuando se demuestre su responsabilidad en los cortes de luz.

c) Establecer un sistema automático de indemnizaciones a los afectados por los apagones, que han de ser resarcidos de forma adecuada y automática mediante la reducción de oficio en el importe de su factura mensual, de un 20% en caso de interrupción del suministro de más de una hora y un 2% suplementario por cada hora añadida.

d) Verificar el cumplimiento por parte de las compañías de la obligación de informar a los usuarios sobre los cauces de reclamación, las causas de los apagones y las medidas tomadas para que no vuelvan a producirse.

e) Extender las buenas prácticas de las CCAA y las experiencias de sus respectivas normativas y Planes Energéticos.

6. Incentivar el ahorro y el uso eficiente de la energía; potenciar los sistemas de energías renovables, con una mayor utilización de calefacciones de gas en invierno y de energía solar fotovoltaica como complemento para atender las puntas de consumo en verano; promover la generación distribuida, es decir, la instalación de pequeños generadores cerca de los núcleos de población, aumentando de este modo la capacidad de transporte de la red.

7. En función de las previsiones diarias de demanda, realizadas por Red Eléctrica, y de una previsión trimestral de la misma, para una mayor seguridad del sistema se debería ajustar el funcionamiento del sistema eléctrico de tal modo que se deje siempre un margen de un 10% entre el consumo de energía y la potencia instalada.

8. Presentar anualmente ante la Comisión de Industria, Turismo y Comercio:

a) Un informe de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) sobre el grado realización de las infraestructuras energéticas y de transporte de la energía eléctrica previstas en cada Informe Marco, y el grado de cumplimiento de los compromisos de inversión, así como las causas de los eventuales retrasos.

b) Un listado de los expedientes informativos o sancionadores establecidos por parte de las distintas Administraciones competentes, y un informe sobre las medidas a que se comprometen las empresas para subsanar las causas que motiven la deficiente calidad de producto.

c) Un informe del Ministerio de Economía, resumiendo la información cursada anualmente por las empresas distribuidoras sobre los valores de los indicadores de continuidad del suministro (TIEPI, Per.80 TIEPI y NIEPI) y los valores de calidad del producto definidos en la norma UNE-EN 50.160 en cada una de las provincias de actuación.

d) Un resumen anual de las auditorías de niveles de calidad realizadas a las compañías de distribución.