10 de Octubre de 2007
La Entesa recorta en el Senado la contratación pública a través de empresas de trabajo temporal
El Pleno aprueba una enmienda a la ley para limitar la intermediación de empresas de trabajo temporal en los contratos del sector público
Madrid, 10 de octubre de 2007.-
El senador de la Entesa Catalana de Progrés, Joan Josep Nuet, portavoz del grupo en la Comisión de Administraciones Públicas, ha defendido la postura de la Entesa en el debate de la Ley de contratos del sector público y ha valorado positivamente el texto que hoy ha aprobado el Senado. Nuet ha expresado su satisfacción por la aprobación de una enmienda de la Entesa que recorta la posibilidad de realizar contratos de servicios con empresas de trabajo temporal. Con esta modificación, se consigue que el texto de la ley quede como cuando se inició su tramitación y que en el Congreso quedó rebajada en su limitación de condiciones. Con la enmienda de la Entesa, la ley reduce ahora la posibilidad de utilizar empresas de trabajo temporal sólo para contratar personal de carácter eventual para la realización de encuestas, toma de datos y servicios análogos. El texto propuesto por la Entesa y aprobado por el Senado dice: Disposición adicional quinta. — Límites a la contratación con empresas de trabajo temporal.«1. —No podrán celebrarse contratos de servicios con empresas de trabajo temporal salvo cuando se precise la puesta a disposición de personal con carácter eventual para la realización de encuestas, toma de datos y servicios análogos.»Así figuraba en el texto remitido por el Congreso:Disposición adicional quinta. — Límites a la contratación con empresas de trabajo temporal.1. —Podrán celebrarse contratos de servicios con empresas de trabajo temporal para la puesta a disposición de personal por un plazo determinado, siempre que en la documentación preparatoria del contrato se acredite debidamente la insuficiencia, la falta de adecuación o la conveniencia de no ampliación de los medios personales y materiales de que dispone la entidad contratante para cubrir las necesidades que tratan de satisfacerse a través del contrato.
dijous, 11 d’octubre del 2007
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