NUEVA AGRESIÓN A LOS DERECHOS SOCIALES Y LABORALES:
LA DIRECTIVA DE ORDENACIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO.
Preámbulo de la Constitución de la OIT: " existen condiciones de trabajo que entrañan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para un gran número de seres humanos, que el descontento causado constituye una seria amenaza para la paz".
Los impulsores de la Europa neoliberal han dado un paso más al aprobar el pasado 10 de junio una revisión de la Directiva de ordenación del tiempo de trabajo que pretende ampliar la jornada laboral hasta 60, 65, o 78 horas. Esta medida es la última de una serie de decisiones e iniciativas que atacan el Estado Social y de Derecho desarrollado en Europa. En esta primera década del siglo XXI Europa sufre ya la aplicación de una política comunitaria de privatización de servicios y desmantelamiento del sector público: transportes, servicios postales, portuarios, ferroviarios, etc.
Esta es la Europa que se está construyendo, una Europa que impulsa la flexiseguridad, y desregulariza los derechos laborales conseguidos gracias a la lucha del movimiento obrero, armonizándolos a la baja. Es en base a estos principios neoliberales, -que hacen prevalecer el interés del libre mercado por encima del interés del trabajador- que el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha dictado sentencia en los casos Viking, Vaxholm y Rüffert, legitimando el dumping social, basándose en la Directiva de desplazamiento de trabajadores, y los artículos 49 y 43 del Tratado de la UE. En virtud de los principios de libertad de establecimiento y de libertad de movimiento, recogidos en los artículos mencionados, las empresas podrán contratar a trabajadores de terceros países con salarios y condiciones laborales del país de origen, y aún cuando sean inferiores a las del país del destino. Así, un trabajador podrá cobrar en Suecia un salario inferior al mínimo interprofesional legalmente establecido en el país, cuando en su país de origen éste sea menor.
Otro ejemplo de esta involución de los derechos lo constituye la Directiva de retorno de las personas inmigrantes. La llamada directiva de la vergüenza conllevará la deportación de 8 millones de personas, no documentadas, que se encuentran en territorio europeo, y cuyo único "delito" es haber abandonado su país de origen en busca de una vida mejor. Es una directiva que recupera el principio de detención administrativa, que instaura periodos de internamiento de hasta 18 meses en unos centros que presentan condiciones infrahumanas, que posibilita la deportación de menores, incluso no acompañados, y que prohíbe la entra de estas personas expulsadas por un periodo de 5 años en cualquier país de la Unión Europeo. A todas luces una directiva represiva, que criminaliza a la persona inmigrantes y que crea una Europa fortaleza.
El colofón de esta orientación represiva y neoliberal, que antepone los intereses del mercado a los intereses del ciudadano será el Tratado de Lisboa, que consagra el principio de libre mercado (libertad de bienes, capitales, servicios y trabajo) sobre cualquier principio. Según esto, cualquier Estado miembro lo tiene bien difícil para mantener leyes que puedan ser consideradas como un obstáculo para el libre movimiento de bienes. Un ejemplo de la importancia del mercado interior de la UE se encuentra en el art. 297, según el cual el principio de libre mercado debe prevalecer incluso cuando algún país miembro se encuentre en estado de guerra.
La UE aboga por una política de desregulación y privatización, lo que significa que la UE amenaza la empresa pública y pide la desregulación de sectores como el postal, los puertos, ferrocarriles o telecomunicaciones. De hecho es la libre competencia la que inspira la política europea y se plasma en la aprobación de múltiples directivas en este sentido. El último ejemplo lo encontramos en la revisión de la Directiva de ordenación del tiempo de trabajo, que permitirá ampliar la jornada laboral a 60 horas, e incluso 65 o 78 horas semanales.
Esta aberración, liderada por el tandem Inglaterra - Alemania, lleva en la agenda europea más de 4 años, pero se encontraba con la frontal oposición de Chipre, Grecia, España, Francia e Italia. Este debate se había cerrado en 2004, tras un informe desfavorable del CES. El Consejo Económico y Social consideró que el método de consulta era inadecuado, porque la Comisión no había escuchado a los agentes sociales; y porque ésta es una materia regulada por el derecho interno de los países y los convenios colectivos. Además, consideró que esta propuesta era contraria a las medidas impulsadas por los Estados miembros y la UE para garantizar la conciliación de la vida familiar y laboral.
Cuatro años más tarde, auspiciados por una nueva coyuntura política europea, preocupantemente escorada a la derecha tras las victorias de Berlusconi y Sarkozy, Europa hace gala de una gravísima irresponsabilidad al poner este debate nuevamente sobre la mesa. Grecia, Chipre, Bélgica, Hungría y España se oponen a la modificación de la Directiva de ordenación del tiempo de trabajo. Si bien, la postura del ministro español de trabajo, Corbacho, ha sido muestra de una gran cobardía, ya que sólo se ha abstenido en esta votación.
La propuesta ha salido adelante, ahora, porque varios de los países impulsores necesitaban urgentemente aprobar una norma que avale el incumplimiento que en muchos países se está dando ya, particularmente en sectores como la sanidad y el transporte. El informe presentado por la Organización Internacional del Trabajo en 2004 observaba ya a un incremento general en el número de personas que trabaja más de 48 horas semanales, así como del trabajo a tiempo parcial, las horas extras, etc. La agencia especializada de ONU asegura que existe un fenómeno de diversificación, descentralización e individualización de la jornada laboral, cuya prolongación desmesurada afecta directamente a la salud, la seguridad y al rendimiento de los trabajadores. El gran desarrollo alcanzado por la ciencia y la tecnología que, supuestamente debería liberar a los seres humanos y garantizarles un desarrollo pleno y equilibrado, se contradice con la realidad. En la actualidad se trabaja más y durante más horas, la precarización del trabajo y los salarios obliga a muchas personas a recurrir al pluriempleo para poder llegar a fin de mes, etc. La OIT insiste en la necesidad de un trabajo decente y digno para todos e insiste en la incorporación de un análisis ético, porque este problema no puede resolverse por la libre acción del mercado, ni desde una posición puramente económica.
La propuesta de la Comisión, que aún ha de verse en segunda vuelta en el Parlamento europeo, supone una gran involución. A principio del siglo XX, tras años de lucha obrera, la OIT fijó los principios básicos para el establecimiento de la jornada laboral. Los derechos de los trabajadores, el derecho a un empleo digno, salarios justos y jornadas laborales reguladas son pilares básicos del Estado Social y de Derecho, que hoy se ve cuestionado. Esta propuesta:
1.- Introduce la llamada cláusula opt-out (propuesta de Inglaterra): Se trata de un acuerdo privado por el cual empresario y trabajador pueden firmar un incremento de la jornada laboral. Extrañamente esta cláusula podría aplicarse una semana después de haberse firmado el contrato laboral. Esta medida profundiza en la precarización del empleo y asienta la individualización de las relaciones laborales, al permitir que el empresario imponga a cada trabajador de forma individual su tiempo de trabajo, mediante la aplicación de las cláusulas opt-out. La aprobación de esta Directiva abriría la puerta al "dumping social", sentando un peligroso precedente que puede extenderse a los salarios y a las condiciones de seguridad e higiene laboral.
2.- Incremento de la jornada laboral a 60 horas y 65 o 78 horas semanales para los colectivos on-call (servicios médicos y de emergencia, etc. Este concepto no está definido a nivel europeo, por lo que cada país cuenta o no en este momento con una enumeración o definición de los sectores on-call): Actualmente está en vigor la Directiva 104/93/CE de ordenación del tiempo de trabajo, que establece el máximo de 48 horas semanales en todos los países miembros de la UE. Muchos países como España y Francia, han transpuesto esta directiva fijando máximos inferiores: 40 y 35 horas semanales respectivamente. La propuesta de la Comisión pretende:
* Mantener la jornada de 48 semanales, pero modificando el periodo de referencia para su cómputo. La propuesta de la Comisión retira las salvaguardas que existían y fija un período de cómputo de 12 meses. De esta forma, la jornada no sería de 48 semanales, sino que esto sería la media anual por semanas, permitiendo a las empresas imponer jornadas mucho más amplias a los trabajadores, turnos irregulares, etc. Cuanto mayor es el período, mayor es el riesgo de que los trabajadores se vean sometidos a jornadas laborales abusivas.
* El incremento de la jornada laboral mediante cláusulas opt-out permitiría alcanzar las 60 horas semanales, para cualquier sector laboral, y prevé para los colectivos on-call (servicios médicos y de urgencias, etc) la posibilidad de ampliar su jornada laboral hasta las 65 horas, mediante acuerdo privado; e incluso hasta 78 horas semanales cuando así lo recoja un convenio colectivo. Esta fórmula busca legitimar y ocultar un incremento efectivo de la jornada laboral de hasta las 78 horas semanales, prácticamente el doble de lo actualmente permitido, dinamitando con ello el Estado Social y de Derecho.
3.- Redefinición del concepto de "tiempo de trabajo": la Directiva actual considera tiempo de trabajo " todo periodo durante el cual el trabajador pertenezca en el trabajo, a disposición del empresario y en ejercicio de su actividad o de sus funciones, de conformidad con las legislaciones y/o prácticas nacionales". La Directiva pretende no considerar "tiempo de trabajo" los períodos que aún permaneciendo en el lugar de trabajo o estando requeridos no se esté realizando un trabajo efectivo: hablamos por ejemplo de las guardias médicas. Esta medida afecta a múltiples elementos de la relación laboral como la protección social: ya que cualquier accidente durante estos períodos no estarían protegidos como accidente laboral.
Ante esta nueva agresión a los principios más básicos del Estado social es el momento de la movilización y la contestación. Izquierda Unida, y el Grupo de la Izquierda Unitaria Europea iniciarán cuantas medidas sean necesarias, junto con los sindicatos europeos para combatir este grave ataque a los derechos de la clase trabajadora, conseguidos gracias a las luchas del movimiento obrero, y que representan un pilar esencial del Estado Social y de Derecho.
Bruselas, 12 de Junio 2008.
Delegación de IU en el Parlamento Europeo.
LA DIRECTIVA DE ORDENACIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO.
Preámbulo de la Constitución de la OIT: " existen condiciones de trabajo que entrañan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para un gran número de seres humanos, que el descontento causado constituye una seria amenaza para la paz".
Los impulsores de la Europa neoliberal han dado un paso más al aprobar el pasado 10 de junio una revisión de la Directiva de ordenación del tiempo de trabajo que pretende ampliar la jornada laboral hasta 60, 65, o 78 horas. Esta medida es la última de una serie de decisiones e iniciativas que atacan el Estado Social y de Derecho desarrollado en Europa. En esta primera década del siglo XXI Europa sufre ya la aplicación de una política comunitaria de privatización de servicios y desmantelamiento del sector público: transportes, servicios postales, portuarios, ferroviarios, etc.
Esta es la Europa que se está construyendo, una Europa que impulsa la flexiseguridad, y desregulariza los derechos laborales conseguidos gracias a la lucha del movimiento obrero, armonizándolos a la baja. Es en base a estos principios neoliberales, -que hacen prevalecer el interés del libre mercado por encima del interés del trabajador- que el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha dictado sentencia en los casos Viking, Vaxholm y Rüffert, legitimando el dumping social, basándose en la Directiva de desplazamiento de trabajadores, y los artículos 49 y 43 del Tratado de la UE. En virtud de los principios de libertad de establecimiento y de libertad de movimiento, recogidos en los artículos mencionados, las empresas podrán contratar a trabajadores de terceros países con salarios y condiciones laborales del país de origen, y aún cuando sean inferiores a las del país del destino. Así, un trabajador podrá cobrar en Suecia un salario inferior al mínimo interprofesional legalmente establecido en el país, cuando en su país de origen éste sea menor.
Otro ejemplo de esta involución de los derechos lo constituye la Directiva de retorno de las personas inmigrantes. La llamada directiva de la vergüenza conllevará la deportación de 8 millones de personas, no documentadas, que se encuentran en territorio europeo, y cuyo único "delito" es haber abandonado su país de origen en busca de una vida mejor. Es una directiva que recupera el principio de detención administrativa, que instaura periodos de internamiento de hasta 18 meses en unos centros que presentan condiciones infrahumanas, que posibilita la deportación de menores, incluso no acompañados, y que prohíbe la entra de estas personas expulsadas por un periodo de 5 años en cualquier país de la Unión Europeo. A todas luces una directiva represiva, que criminaliza a la persona inmigrantes y que crea una Europa fortaleza.
El colofón de esta orientación represiva y neoliberal, que antepone los intereses del mercado a los intereses del ciudadano será el Tratado de Lisboa, que consagra el principio de libre mercado (libertad de bienes, capitales, servicios y trabajo) sobre cualquier principio. Según esto, cualquier Estado miembro lo tiene bien difícil para mantener leyes que puedan ser consideradas como un obstáculo para el libre movimiento de bienes. Un ejemplo de la importancia del mercado interior de la UE se encuentra en el art. 297, según el cual el principio de libre mercado debe prevalecer incluso cuando algún país miembro se encuentre en estado de guerra.
La UE aboga por una política de desregulación y privatización, lo que significa que la UE amenaza la empresa pública y pide la desregulación de sectores como el postal, los puertos, ferrocarriles o telecomunicaciones. De hecho es la libre competencia la que inspira la política europea y se plasma en la aprobación de múltiples directivas en este sentido. El último ejemplo lo encontramos en la revisión de la Directiva de ordenación del tiempo de trabajo, que permitirá ampliar la jornada laboral a 60 horas, e incluso 65 o 78 horas semanales.
Esta aberración, liderada por el tandem Inglaterra - Alemania, lleva en la agenda europea más de 4 años, pero se encontraba con la frontal oposición de Chipre, Grecia, España, Francia e Italia. Este debate se había cerrado en 2004, tras un informe desfavorable del CES. El Consejo Económico y Social consideró que el método de consulta era inadecuado, porque la Comisión no había escuchado a los agentes sociales; y porque ésta es una materia regulada por el derecho interno de los países y los convenios colectivos. Además, consideró que esta propuesta era contraria a las medidas impulsadas por los Estados miembros y la UE para garantizar la conciliación de la vida familiar y laboral.
Cuatro años más tarde, auspiciados por una nueva coyuntura política europea, preocupantemente escorada a la derecha tras las victorias de Berlusconi y Sarkozy, Europa hace gala de una gravísima irresponsabilidad al poner este debate nuevamente sobre la mesa. Grecia, Chipre, Bélgica, Hungría y España se oponen a la modificación de la Directiva de ordenación del tiempo de trabajo. Si bien, la postura del ministro español de trabajo, Corbacho, ha sido muestra de una gran cobardía, ya que sólo se ha abstenido en esta votación.
La propuesta ha salido adelante, ahora, porque varios de los países impulsores necesitaban urgentemente aprobar una norma que avale el incumplimiento que en muchos países se está dando ya, particularmente en sectores como la sanidad y el transporte. El informe presentado por la Organización Internacional del Trabajo en 2004 observaba ya a un incremento general en el número de personas que trabaja más de 48 horas semanales, así como del trabajo a tiempo parcial, las horas extras, etc. La agencia especializada de ONU asegura que existe un fenómeno de diversificación, descentralización e individualización de la jornada laboral, cuya prolongación desmesurada afecta directamente a la salud, la seguridad y al rendimiento de los trabajadores. El gran desarrollo alcanzado por la ciencia y la tecnología que, supuestamente debería liberar a los seres humanos y garantizarles un desarrollo pleno y equilibrado, se contradice con la realidad. En la actualidad se trabaja más y durante más horas, la precarización del trabajo y los salarios obliga a muchas personas a recurrir al pluriempleo para poder llegar a fin de mes, etc. La OIT insiste en la necesidad de un trabajo decente y digno para todos e insiste en la incorporación de un análisis ético, porque este problema no puede resolverse por la libre acción del mercado, ni desde una posición puramente económica.
La propuesta de la Comisión, que aún ha de verse en segunda vuelta en el Parlamento europeo, supone una gran involución. A principio del siglo XX, tras años de lucha obrera, la OIT fijó los principios básicos para el establecimiento de la jornada laboral. Los derechos de los trabajadores, el derecho a un empleo digno, salarios justos y jornadas laborales reguladas son pilares básicos del Estado Social y de Derecho, que hoy se ve cuestionado. Esta propuesta:
1.- Introduce la llamada cláusula opt-out (propuesta de Inglaterra): Se trata de un acuerdo privado por el cual empresario y trabajador pueden firmar un incremento de la jornada laboral. Extrañamente esta cláusula podría aplicarse una semana después de haberse firmado el contrato laboral. Esta medida profundiza en la precarización del empleo y asienta la individualización de las relaciones laborales, al permitir que el empresario imponga a cada trabajador de forma individual su tiempo de trabajo, mediante la aplicación de las cláusulas opt-out. La aprobación de esta Directiva abriría la puerta al "dumping social", sentando un peligroso precedente que puede extenderse a los salarios y a las condiciones de seguridad e higiene laboral.
2.- Incremento de la jornada laboral a 60 horas y 65 o 78 horas semanales para los colectivos on-call (servicios médicos y de emergencia, etc. Este concepto no está definido a nivel europeo, por lo que cada país cuenta o no en este momento con una enumeración o definición de los sectores on-call): Actualmente está en vigor la Directiva 104/93/CE de ordenación del tiempo de trabajo, que establece el máximo de 48 horas semanales en todos los países miembros de la UE. Muchos países como España y Francia, han transpuesto esta directiva fijando máximos inferiores: 40 y 35 horas semanales respectivamente. La propuesta de la Comisión pretende:
* Mantener la jornada de 48 semanales, pero modificando el periodo de referencia para su cómputo. La propuesta de la Comisión retira las salvaguardas que existían y fija un período de cómputo de 12 meses. De esta forma, la jornada no sería de 48 semanales, sino que esto sería la media anual por semanas, permitiendo a las empresas imponer jornadas mucho más amplias a los trabajadores, turnos irregulares, etc. Cuanto mayor es el período, mayor es el riesgo de que los trabajadores se vean sometidos a jornadas laborales abusivas.
* El incremento de la jornada laboral mediante cláusulas opt-out permitiría alcanzar las 60 horas semanales, para cualquier sector laboral, y prevé para los colectivos on-call (servicios médicos y de urgencias, etc) la posibilidad de ampliar su jornada laboral hasta las 65 horas, mediante acuerdo privado; e incluso hasta 78 horas semanales cuando así lo recoja un convenio colectivo. Esta fórmula busca legitimar y ocultar un incremento efectivo de la jornada laboral de hasta las 78 horas semanales, prácticamente el doble de lo actualmente permitido, dinamitando con ello el Estado Social y de Derecho.
3.- Redefinición del concepto de "tiempo de trabajo": la Directiva actual considera tiempo de trabajo " todo periodo durante el cual el trabajador pertenezca en el trabajo, a disposición del empresario y en ejercicio de su actividad o de sus funciones, de conformidad con las legislaciones y/o prácticas nacionales". La Directiva pretende no considerar "tiempo de trabajo" los períodos que aún permaneciendo en el lugar de trabajo o estando requeridos no se esté realizando un trabajo efectivo: hablamos por ejemplo de las guardias médicas. Esta medida afecta a múltiples elementos de la relación laboral como la protección social: ya que cualquier accidente durante estos períodos no estarían protegidos como accidente laboral.
Ante esta nueva agresión a los principios más básicos del Estado social es el momento de la movilización y la contestación. Izquierda Unida, y el Grupo de la Izquierda Unitaria Europea iniciarán cuantas medidas sean necesarias, junto con los sindicatos europeos para combatir este grave ataque a los derechos de la clase trabajadora, conseguidos gracias a las luchas del movimiento obrero, y que representan un pilar esencial del Estado Social y de Derecho.
Bruselas, 12 de Junio 2008.
Delegación de IU en el Parlamento Europeo.
Fecha:
16/06/2008
La jornada semanal de 65 horas y el intento de desmontar el modelo social europeo
Articulo de opinión de Rodolfo Benito Valenciano presidente de la Fundación Sindical de Estudios y miembro de la Comisión Ejecutiva Confederal de CCOO, publicado en el periodico digital Nueva Tribuna (www.nuevatribuna.es)
La Directiva sobre jornada máxima legal de 65 horas semanales, aprobada por la mayoría de los Ministros de Empleo y Asuntos Sociales de la Unión Europea, supondría, de no conseguir su retirada, un retroceso histórico para los trabajadores y un durísimo zarpazo a unas relaciones sociolaborales e industriales sólidas y democráticas, imprescindibles para garantizar el desarrollo económico y la cohesión social.Pero esta Directiva no es un hecho aislado, y no está al margen de la hegemonía conservadora existente en la mayoría de los países de la Unión, reforzada a partir de los cambios políticos habidos en Francia e Italia, y la deriva antisocial que desde estos dos Gobiernos se viene impulsando.Fue la Directiva Bolkestein, son las sentencias sobre Viking y Laval, es el proyecto europeo sobre flexiseguridad, es la idea, defendida por los sectores neoliberales, muy bien definida por cierto por el profesor Baylos, en el recientemente celebrado ciclo de reflexión y debate “diálogos sobre política sindical” organizado por la Fundación Sindical de Estudios, donde sostenía que “frente al Constitucionalismo democrático, se intenta imponer un constitucionalismo de mercado”.Por tanto la propuesta de directiva de ampliación de la jornada laboral semanal, es un paso más en la culpabilización del derecho laboral de los males de la economía, es el intento de descolectivización del derecho del trabajo como punto de partida.Para los sectores conservadores y neoliberales, el sistema de derechos y garantías en que consiste el modelo de protección de los trabajadores en la mayoría de los países europeos occidentales resulta en líneas generales responsable de la incapacidad del sistema económico de generar empleo suficiente, de donde se desprende la necesidad de reducir y desregular buena parte de los elementos básicos que configuran el derecho laboral y su sistema de derechos y garantías.¿Pero qué Europa queremos, una zona de libre cambio sin más, o la de la integración política extendiendo y ampliando los derechos sociolaborales?El no de Irlanda a la ratificación del Tratado, y desde el análisis que se viene realizando sobre el comportamiento electoral de los distintos sectores y zonas de la población, ¿está o no al margen de esa deriva antisocial que recorre una parte de los Estados de la Unión? Sin duda, todo parece indicar que existe, no en toda su amplitud, pero si en una parte importante, una cierta relación.Y es que la Europa política será la Europa de la ciudadanía social, de los derechos sociales, la de la cooperación y la democracia o no será.Esta es la cuestión de fondo. Habrá Europa en toda su dimensión si ésta se fortalece en lo social además de cohesionarse políticamente.Al igual que hay que subrayar que la libertad económica no debe interferir en los derechos sociales, en el necesario desarrollo del modelo social europeo; y es que sin derechos sociales no es posible el desarrollo económico.El sindicalismo europeo y también la izquierda europea han de iniciar una fuerte ofensiva, cada uno en el campo de actuación que le corresponde, adoptando medidas e iniciativas tendentes a conseguir en primer lugar la retirada del proyecto de Directiva Europea sobre la jornada máxima legal, mediante la promoción también de la Europa Social, restaurando la confianza, evitando que ésta inicie una senda de agrietamiento, restituyendo la idea de que el modelo social europeo es uno de los rasgos fundamentales de la Unión Europea.El sindicalismo europeo, y dentro de él, el español, debe adoptar iniciativas muy firmes y contundentes, desde el rechazo a medidas que no persiguen otra cosa que dinamitar las distintas fuentes del Derecho del Trabajo, que persiguen retrocesos históricos en los terrenos social y laboral, favoreciendo todo tipo de propuestas y de iniciativas, también desde la movilización social, destinadas a reforzar el papel de una Europa con fuertes contenidos sociales, a favor del pleno empleo y de la equidad social; porque, además, no hay otra alternativa.
1 comentari:
esto supone la enesima agresion a los trabajadores hasta cuando vamos a seguir aguantando, y el mal llamao partido socialista OBRERO con su actitud cobarde en la votacion absteniendose, con la crisis quesufrimos los ciudadanos no se le organiza una huelga general. Compañero este es el eje del discurso de IU la defensa de los trabajadores y no lo del ecosocialismo. Animo compañero
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